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domingo, 31 de enero de 2010

Reclamar en una sucursal Bancaria

Con mucha frecuencia he escuchado a conocidos quejarse amargamente de que han reclamado en su entidad bancaria por el cobro de comisiones indebidas o abusivas, y que no han recibido respuesta. Normalmente cuando les pregunto cómo lo hicieron, me contestan que fueron a la sucursal y le dijeron al empleado de la ventanilla que no estaban conformes con tal o cual comisión. En estos casos, lo más normal es que el empleado escuche al cliente, le dé largas, y al cabo de algún tiempo afirme no recordar nada.
Para reclamar, ya sea en una sucursal bancaria o en cualquier tipo de comercio, hay que hacerlo por escrito, y pedir al comercio o banco que sellen una copia con la fecha de recepción de la queja. Las palabras se las lleva el viento, pero lo escrito, escrito está.
En posteriores post en este blog daré modelos de cartas de reclamación, pero adelanto los datos básicos que han de contener; nombre dirección y teléfono, descripción de la queja y fecha de presentación del escrito.
Es muy común que las entidades bancarias ofrezcan al cliente unas hojas de "sugerencias", que suelen ir a la papelera en cuanto el cliente sale por la puerta. Hay que rechazar estas hojas, o bien solicitar que nos den una copia sellada y fechada por la entidad. Lo ideal es pedir el libro oficial de reclamaciones, que toda sucursal bancaria está obligada a tener a disposición del público. Si se niegan (caso muy frecuente), se puede llamar a la policía municipal y en pocos minutos se presentan con hojas de reclamación y les ponen una multa bastante importante. Es muy común también que las entidades bancarias no pongan el cartel reglamentario de "...Tenemos hojas de reclamaciones a disposición de los señores clientes", lo cual también puede y debe ser denunciado.
La reclamación ha de ser dirigida al "Defensor del Cliente de la Entidad", que es una figura creada por el Banco de España para descargarse de trabajo. Consiste en un personaje a sueldo del Banco, que se supone que tiene 60 días para contestar y que suele fallar a favor del pagador de su nómina, es decir, la entidad bancaria. Este individuo suele retrasar todo pidiendo copias de los extractos, copia del DNI, etc, etc., documentación que tiene a su disposición de antemano, ya que le bastaría con pedirla internamente a la sucursal.
Es por ello importante adjuntar copia del DNI del reclamante y copia de algún extracto de la cuenta, todo ello por duplicado, para que nos sellen nuestra copia y no puedan alegar no haberlo recibido. No es necesario documentar los últimos cinco años de la cuenta, sino describir las comisiones objeto de nuestra queja, y adjuntar algún extracto, no todos.
Si transcurren 60 días desde la fecha de presentación y no recibimos respuesta o el banco se niega a devolver las comisiones, podemos acudir al Banco de España, trámite que describiré en posteriores post.