domingo, 18 de enero de 2015

Alquilar un inmueble que va a ser embargado

La Plataforma de Afectados por la Hipoteca ha escrito un artículo muy interesante sobre esta posibilidad, dejando muy claros los posibles riesgos de hacerlo chapuceramente. Podeis ver el post en este link;
http://afectadosporlahipoteca.com/2012/02/26/la-posibilidad-de-alquilar-el-piso-para-evitar-el-desahucio-algunas-precisiones/
Resumiendo, se dejan claros varios puntos;
1.- El alquiler ha de hacerse cuando no se estén produciendo todavía impagos de cuotas
2.- No vale alquilarlo a un hermano o padre, ya que el Juez, muy probablemente, estime que el contrato se ha hecho en fraude del acreedor.
3.- La renta establecida, obviamente, no puede ser simbólica. no vale alquilar por un euro al año, por ejemplo.
4.- El inquilino debe poder acreditar que habita el pìso, Por ejemplo con recibos de luz o agua a su nombre.
5.- Inscribir el contrato en el registro de la propiedad.
6.- La duración del contrato ha de ser de cinco años (art. 10 Ley de arrendamientos Urbanos).
7.- Hay que avisar de los posibles riesgos de hacer esto chapuceramente. Podríamos incurrir en un delito de alzamiento de bienes, castigado con penas de prisión de uno a cuatro años (art. 257 del Código Penal).

Recomiendo que se lean el link de la plataforma de afectados por la Hipoteca, que es mucho más amplio que mi post sobre este tema. Simplemente he intentado resumirlo en unas pocas líneas para los más perezosos.
No soy partidario de este tipo de maniobras, pero hay casos sangrantes en los que las entidades bancarias se ceban con familias que están en situaciones dramáticas, cargando costas desmesuradas, comisiones de juzgado de guardia, avales que no se debería aceptar por parte de ancianos con alzheimer, incluso embargos a personas previamente arruinadas con las preferentes de la misma entidad que concedió la hipoteca. En todos estos casos, creo que es legítima defensa, no un simple Fraude de Ley.



2 comentarios:

  1. Hola, no sé si podrás informarme o darme alguna pista sobre como puedo actuar ahora. Te comento mi caso:
    Tengo un hipoteca en Caja Duero con clausula suelo, la cuestión es que tiré a juicio a la entidad y lo gané, eso fue en Junio del 2104 y a dia de hoy (13 de Febrero) la entidad no ha ejecutado la sentencia, todavía sigo pagando la dichosa clausula. Según mi abogado han denunciado a Caja Duero porque no ejecuta la sentencia, pero ya no sé si es verdad o no, porque el tiempo va pasando y no tengo noticias de nadie. ¿ Puedes ayudarme o aconsejarme de que pasos puedo realizar ahora ? Gracias de antemano.

    ResponderEliminar
  2. Este es un anuncio para el público en general, estamos interesados en comprar riñones y trabajar con diferentes donantes de riñones para poder salvar a nuestros pacientes, si está interesado en vender un riñón, contáctenos, para que podamos confirmar si usted es un igualar para donar un riñón a nuestro paciente y grandes recompensas esperan a cada donante.
    Contáctenos en nuestro correo electrónico: jupitermedicalcentreinc@gmail.com
    o contáctenos en whatsapp: +1 (515) 293-5520

    ResponderEliminar