publicidad

domingo, 4 de septiembre de 2011

Libre elección del notario

Es muy frecuente que en el momento de formalizar un crédito hipotecario o cualquier otro que requiera la intervención de un notario, que el director de la sucursal trate por todos los medios de imponer "su" notario. El motivo de este inusitado interés no es otro que la práctica habitual por parte de las notarías de pagar ciertas comisiones a los directores de las sucursales, o bien agradecerles su interés con regalos, cestas o incluso viajes. A este respecto el Banco de España es muy claro; "El Reglamento Notarial consagra el derecho de los particulares a la libre elección de notario, derecho que, en los actos y contratos que hayan de otorgarse por varias personas, se ejercerá por «quien de ellas deba satisfacer los derechos arancelarios notariales», y, en todo caso, por el «adquiriente» de bienes o derechos vendidos o transmitidos onerosamente por quienes se dedican a ello habitualmente. Por tanto, la elección de notario para la formalización de la escritura de constitución o de carta de pago y cancelación de hipoteca corresponderá, en principio, al cliente interesado, siempre que el notario que elija tenga conexión con alguno de los elementos personales o reales del negocio (por ejemplo, que radique en la ciudad en la que se encuentra el inmueble hipotecado)".
En definitiva, que el notario lo puede elegir el cliente.

3 comentarios:

  1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  2. Buenos días, tu caso es parecido al que están sufriendo millones de clientes de la banca Española. Parece ser que como están cortos de liquidez han decidido subir las comisiones, muy en particular en el caso de Bankia.
    En este caso el cambio de comisiones debería notificarse al cliente con la suficiente antelación para que pueda aceptar o rechazar dicha modificación. Es probable que le hayan incluido una hoja junto con el extracto mensual con las nuevas condiciones, o incluso que lo hayan publicado en algún diario de difusión nacional. Habría que ver el contrato que firmó en su día para ver si esto último estaba contemplado. El servicio de reclamaciones de Banesto consiste en un señor (o en este caso individuo), en nómina del banco, que le responderá de la forma más beneficiosa para la entidad, pero hay que reclamar antes a este personaje, ya que es un paso previo obligatorio para poder acudir al Banco de España. Yo le recomendaría en este caso no molestarse en reclamar, pero sí cambiar de entidad a un banco por internet o a un banco físico, pero negociando antes las condiciones. También cabe la posibilidad de prescindir del datáfono. Hay muchos comercios que no aceptan tarjetas de crédito, y no creo que por ello pierdan excesiva clientela.

    ResponderEliminar
  3. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar