Hola !
A mí llevan cobrándome varios años y cada semestre 23€ por "interes y comisiones" en una cuenta en la que solo cobran la hipoteca y en la que los únicos movimientos son una transferencia recibida y el cobro de la hipoteca.
Como me entero que no me pueden cobrar eso, lo reclamo y me devuelven el cargo de diciembre, pero el de junio me dicen que ya no pueden "porque informáticamente no pueden".
Tengo que ver como sigo, el banco es el BBVA. ¿ Sabíes cuántos años puedo reclamar que me devuelvan ? Gracias
Comisiones de mantenimiento en cuentas vinculadas a otra operación de activo o pasivo
ResponderEliminarEl Servicio considera que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad o cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los intereses de un depósito o para dar servicio a un préstamo hipotecario no corresponde a los clientes correr con los gastos de ninguna comisión por mantenimiento o administración.
Ciertamente, tales situaciones conducen al absurdo de que el cliente tenga que pagar por cumplir una obligación -como la apertura de una cuenta para facilitar la gestión de la entidad- que la propia entidad le impuso en interés propio, lo cual es claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios.
En este caso yo reclamaría por escrito, y si no solucionan su "problema informático" en 60 días, pasaría el asunto al Banco de España. Tienes un 100% de posibilidades de que te den la razón.
Con respecto al plazo de años que puedes reclamar, yo lo haría desde el momento de la apertura de la cuenta. Legalmente podrías reclamar hasta 15 años.
hola
ResponderEliminarmi nombre es jesus y voy a reclamar a mi entidad por el mismo concepto que aqui explicas , mi pregunta es si lo que aqui detallas esta recojido en algun articulo de la ley bancaria o es solo una recomendacion del banco de españa de buenas practicas
gracias de antemano
un saludo
Buenas tardes, perdone el retraso en contestar a su pregunta. En principio éste es el criterio del Banco de España, y como tal debe ser acatado por todas las entidades sujetas a supervisión. Normalmente las entidades bancarias acatan lo establecido en estos dictámenes, y si no lo hicieran creo que cualquier juez se basaría en el dictamen del órgano supervisor en materia bancaria para fundamentar su sentencia.
ResponderEliminar2 consultas:
ResponderEliminarpuede un banco/ caja cargar una comisión semestral sin comunicación previa al interesado?
las cuentas que albergan nómina o pensión están exentas de comisiones? si así fuera, cual sería la mecánica a seguir para su reclamación?
Gracias
Buenos días, con muchísimo retraso, pero te respondo a tu consulta. Todo depende del contrato que hayas firmado con la entidad. Cualquier comisión que te quieran cobrar que no esté recogida en el contrato en principio sería indebida. Si han modificado las condiciones te lo deberían notificar con antelación.
ResponderEliminarHola, buenas tardes
ResponderEliminarTengo una cuenta en el Banco Colonya para el pago de una hipoteca, me vienen cobrando comisiones desde la apertura de la cuenta en el año 2004, he reclamado y solamente me han devuelto la comisión de mantenimiento del último mes cobrado y la comisión por mantenimiento de la tarjeta, también del último mes cobrado, ahora me salen cobrando, sin ningún aviso previo, 25 € por mirar mi estado de cuenta por Internet.
Es ésto lógico???, es verdad que no pueden devolverme las comisiones anteriores desde que se abrió la cuenta???
Le agradezco su respuesta.
hola buenas noches
ResponderEliminarHace unos 2 años mas o menos me estan cobrando 35 e por cada tarjeta por la hipoteca por pagarla con retraso porque cobro despues de la fecha de cobro y me gustaria saber si eso es asi ysi no lo es como puedo reclamarlo
Gracias
Javier.
ResponderEliminarBuenas tardes,
Tengo cuenta con Cajastur desde Febrero del 2.006 y está vinculada a una hipoteca. Cuando la abrí me informaron que no tenía comisiones, pero me pedían domiciliar los recibos principales. Durante 5 años jamás me cargaron ninguna comisión, pero posteriormente empezaron a cargarme comisiones, que al reclamárselas me las devolvían de inmediato y achacaban el error a un fallo informático. Finalmente siguieron los cargos y ya no me los devuelven.
He cancelado todas las domiciliaciones y he dejado la cuenta par uso exclusivo del préstamo, pero al hacer la reclamación al Dpto de Atención al cliente, me dicen que ya la cuenta no es de uso exclusivo, ya que anteriormente es cierto que había domiciliaciones, etc.
Mi pregunta es: ¿cuanto tiempo debe pasar desde que lo quité todo, excepto el pago de la hipoteca,para que sea considerada como de uso exclusivo y que por tanto no corresponda el pago de las comisiones?
Aún no he reclamado al Banco de España. ¿Funcionará?
Gracias por vuestra ayuda.
Javier